
El jueves 29 de junio, la Asamblea General de la Iglesia de la Nazarena tomó las siguientes acciones:
Ir a ga2017.com/resolutions para ver los documentos referenciados.
- Adoptó una «Afirmación y Declaración de Libertades Humanas» que agrega un nuevo párrafo a la sección del Manual «903, Problemas morales y sociales actuales». Las primeras líneas de la Afirmación dicen: Mientras que, como nazarenos, abrazamos la llamada divina a una vida de santidad, la integridad y la vida restaurativa donde todas las cosas y todos los pueblos están reconciliados con Dios. En respuesta, el Espíritu Santo trae libertad a los marginados, oprimidos, rotos y heridos, y justicia a las injusticias y cesar la influencia egoísta causada por el pecado, hasta que todas las cosas se restauren en el reino de Dios. El párrafo aborda el tráfico de personas y otras formas de opresión. Además, dice: «Hablaremos por aquellos que no son escuchados, y vendremos junto a los vulnerables ofreciendo prácticas que traen redención, restauración, curación y libertad». (CA-700)
- Adoptó nuevas oraciones al Manual párrafo. 903.2 que «renunciar a cualquier forma de indiferencia racial y étnica, exclusión, subyugación o opresión como un pecado grave contra Dios y nuestros seres humanos». (CA-704a)
- Adoptó un nuevo párrafo sobre «El Uso de las Redes Sociales», que incluye «El clergy y la laidad deben ser conscientes de cómo sus actividades en las redes sociales afectan la imagen de Cristo y Su iglesia e impactar su misión dentro de sus comunidades. Nuestras actividades deberían ser dar vida y afirmar y deberían buscar elevar a todas las personas». (CA-709)
- Remitió JUD-804, «Artículo de Fe 6, Atonement» al BGS para su estudio durante el próximo cuadrien.
- Remitió a JUD-805 al BGS, que llama al estudio del Artículo de Fe 16, «Resurrección, juicio y destino».
- Adoptó la resolución que establece un quórum para los negocios de la Asamblea General para ser «una mayoría de los delegados de voto que han sido registrados en el sitio con el Comité de Credenciales de la Asamblea General». (JUD-817)
- Siempre que los cambios en la constitución de la iglesia requerirán un voto de dos tercios para la aprobación en las asambleas de los distritos de la Fase 2 y la Fase 3. (JUD-818)
- Adoptado JUD-819, que afirma que el Comité de Estudio de la Fe dará su informe a la BGS, y la BGS informará a la siguiente Asamblea General.
- Adoptó JUD-821, que agrega nuevos párrafos al Manual relacionado con el «Ministerio de Laicos».
- Adoptado JUD-822, que requiere la acción de la Asamblea General para hacer ediciones o adiciones a cualquiera de la sección «Rituales» del Manual.
- Eliminó la declaración del Manual: «El Comité de Límites Generales fijará los límites de los distritos de la asamblea». (JUD-823)
- Agregó la declaración de misión, los valores centrales y siete características de la Iglesia de la Nazarena al «Foreward» del Manual. (JUD-824)
- Adoptó un nuevo párrafo sobre «Subsidiarias de la Iglesia de la Nazarena, Inc». El párrafo establece la Iglesia de la Nazarena, Inc., como el único miembro de todas las subsidiarias de la iglesia. (JUD-825)
- Tomó acción para terminar el proyecto del «Manual global», autorizado inicialmente en 2009. En su lugar, la acción llama a un grupo de estudio a revisar el Manual y recomendar la simplificación y la alteración desde el punto de vista del «inglés global». (SR-753)
- Manual enmendado párrafo. 514.4 a afirmar que un ministro local con licencia «no será elegible para administrar los sacramentos». (MED-516)
- Votó para referirse al BGS una versión enmendada de MED-518 («Solo los ministros ordenados asignados y los ministros con licencia de distrito son conferidos con cualquier rango o título que incluya la palabra ‘pastor'») después de una discusión extendida y a veces apasionada.
- Siempre que los miembros de la Iglesia de la Nazarena, Inc., que serán miembros de la Asamblea General, serán aquellos que tienen responsabilidad global. (GA-314)
- Agregó un nuevo párrafo del Manual con respecto al papel del superintendente de distrito. (DA-205)
- Remitió a la BGS la revisión propuesta para la revisión de la relación continua del superintendente de distrito con el distrito. (DA-209)
- Retenía la restricción de edad para la elección o reelección de un superintendente de distrito, que es 70 años. (DA-211)
- Aprobado DA-202, «Elección y Organización de una Junta del Ministerio», que revisa el párrafo del Manual. 203.17. Los cambios establecen que los ministros elegidos para servir en una Junta de Distrito del Ministerio servirán durante cuatro años.
- Actuó para hacer misioneros laicos activos y misioneros laicos jubilados que estaban activos en el momento de sus miembros de jubilación de la asamblea de distrito. (DA-206)
- Actuó para instruir a los superintendentes de distrito a proporcionar un registro anual de revisiones pastorales a la Junta Asesora de Distrito y al superintendente general en la jurisdicción. (DA-212)
- Siempre que todas las entidades de distrito puedan reunirse por conferencia telefónica o a través de otros medios electrónicos, y la votación puede llevarse a cabo electrónicamente. (DA-214)
- Actuó para hacer que el secretario de distrito sea un miembro votante de la Junta de Credenciales de Distrito si fue ordenado, o un miembro no votante si una persona laica. (DA-216)
- Adoptado DA-217, «Incorporación de Distrito», que agrega un nuevo párrafo al Manual. El nuevo párrafo incluye la disposición de que cuando una Junta Asesora de Distrito incorpora, se gobernará por las disposiciones de la Manual. En el caso de la disolución posterior o intento de dejar la denominación, «los activos de la corporación no serán desviados de la Iglesia de la Nazarena».
- Adoptado DA-221, que agregó el requisito de que una persona que recibe una licencia de distrito también «demuestre apreciación, la comprensión y la aplicación del Manual y la historia de la Iglesia de la Nazarena, y la doctrina de la santidad, completando con éxito las porciones relacionadas de un curso de estudio validado».